El nombre sentido es un derecho de toda persona trans, amparado en el derecho a la libre autodeterminación del género y que blinda la Ley 8/2014 de 28 de octubre, de no discriminación por motivos de identidad de género y de reconocimiento de las personas transexuales en Canarias, sin que esa circunstancia exonere de sus responsabilidades legales y civiles, de acuerdo a los datos registrales. El cliente debe poner su nombre sentido en este campo y además en el campo “Género” elegir la opción OTROS.